201729/04
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Indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical

Te informaremos de los derechos que tienes para reclamar una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical.

Si has sufrido un accidente de tráfico y padeces un latigazo cervical, esguince o una cervicalgia postraumática lo más seguro es que tengas derecho a percibir una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical. Llevamos más de 20 años reclamando indemnizaciones por accidente de tráfico latigazo cervical.

Consulta sin compromiso tu indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical al 651 639 462.

En nuestro bufete de abogados accidentes de tráfico luchamos para que nuestros afectados reciban la máxima indemnización del accidente de tráfico posible. Nuestro objetivo principal es que el cliente reciba la máxima indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical lo más rápido posible.

Indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical

Indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical


Por ello, lo más importante es que nos consultes enseguida que tengas el accidente de tráfico, incluso antes de empezar cualquier tratamiento de fisioterapia y, sobretodo, antes de aceptar la primera oferta de la compañía contraria del accidente de tráfico, ya que esta será siempre a la baja e inferior a la legalmente establecida por los daños recibidos.
El esguince cervical es una de las lesiones por accidente de tráfico más comunes. El accidente de tráfico más común es cuando por circunstancias de la circulación un vehículo se encuentra parado, bien porque haya retenciones por el tráfico o se encuentra ante un semáforo en rojo, paso de cebra o stop, recibiendo en ese momento un golpe por detrás y causando un latigazo cervical y a la vez su correspondiente indemnización accidente trafico cervicalgia.

Normalmente este tipo de accidentes es el despiste del conductor contrario, un frenazo brusco, no permanecer en la distancia de seguridad o incluso conducir a velocidad excesiva. Por ello, es habitual que a diario nos llamen o consulten con alguno de los siguientes diagnósticos para reclamar una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical:

  • Latigazo cervical (o síndrome).
  • Esguince cervical.
  • Traumatismo cervical.
  • Cervicalgia postraumática.
  • Contractura o contusión cervical.
  • Contractura de la musculatura paravertebral.
  • Lumbalgia o dorsalgia postraumática.

«Si has padecido alguna de estas lesiones en un accidente de circulación, no te lo pienses, y consúltanos porque sabemos cómo ayudarte en la reclamación de la máxima indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical».

¿ A qué indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical tengo derecho ?

Las indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical dependen del tipo y gravedad del esguince cervical sufrido, ya sea este leve o grave, con o sin secuelas, por lo que las importes son muy fluctuantes. Así, podemos ver indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical de 3.000 a 6.000 € en los casos más comunes a otras indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical de más importe cuando concurren lesiones más graves, ascendiendo a indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical de hasta 20.000 €. Factores importantes a tener en cuenta para determinar la indemnización por esguince cervical es la baja laboral, el número de sesiones de rehabilitación que se han realizado, hernias cervicales y sobre todo las secuelas que quedan una vez finalizado el tratamiento.

Una buena manera de saber como se calculan las indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical es con un ejemplo ilustrativo.

“Juan F. un conductor de 41 años redujo la velocidad del coche y fué golpeado por el vehículo que iba detrás suyo provocandole un latigazo cervical en Sevilla en el año 2014. La indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical que obtuvimos tras nuestra reclamación fue la siguiente” Aplicaron el Baremo del 2015:
67 días IMPEDITIVOS (más adelante diremos su significado) x 58,41 €/día = 3.913,47 €.
20 días NO IMPEDITIVOS (más adelante diremos su significado) x 31,43 €/día = 628,6 €.
3 puntos de SECUELA POR CERVICALGIA :  3 x 831,85 €/PUNTO = 2.495,55 €.
GASTOS DE DESPLAZAMIENTO = 70€.
IMPORTE TOTAL DE LA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO LATIGAZO CERVICAL = 7.107,62 €

 ¿ Qué es y por qué se produce el latigazo cervical ?

El esguince cervical es una lesión que afecta a los ligamentos que estan en la zona del cuello por culpa de una distorsión brusca del cuello. Al sufrir un accidente de tráfico, el cuello y la cabeza padecen un violento movimiento de balanceo hacia delante y hacia detrás. El fuerte impacto en un accidente de tránsito o un frenazo imprevisto, hace que la cabeza se mueva bruscamente hacia adelante y hacia atrás provocando esta lesión tan común. Cuando estos 2 movimientos suceden bruscamente y a gran velocidad, la musculatura cervical, que no está preparada, se contrae rapidamente (provocando la conocida contractura cervical) y afecta a toda la columna cervical.
La confirmación del esguince cervical se debe realizar en base a la exploración clínica accidentado (la llamada «anamnesis»), una radiología de la raquis cervical y/o de pruebas complementarias, si hace falta ( electromiografía o resonancia mágnética ). No obstante, no hay pruebas de que a través de una resonancia podamos ver hallazgos traumáticos específicos en la columna cervical, es decir, provocados por un accidente de tráfico.

En caso de sufrir accidente de tráfico con esta lesión, tienes derecho a una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical por lesiones temporales, secuelas, gastos médicos y/o por lucro cesante. Son lesiones temporales las que padece el accidentado desde el momento del accidente de tráfico hasta el final de su proceso de curación o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela. Resumiendo, las lesiones temporales son los dias en que el afectado estás con dolores, molestias, con medicación o haciendo sesiones de fisioterapia. En el caso de tener baja laboral y el esguince cervical te impide hacer tus tareas u ocupaciones habituales como es el trabajo profesional, te pertenece una indemnización diaria como DÍA IMPEDITIVO durante todo el periodo de curación de 52 €/día. En caso de que no existir baja laboral o si ya estas dado de alta te corresponde el DÍA NO IMPEDITIVO con una indemnización de 30 €/día. También puede pasar que durante el tiempo que estes en tratamiento puedas darte de baja en el INEM, porque las molestias que te cause el latigazo cervical no te permita hacer una entrevista de trabajo o un curso que te ofrezca el paro. El tiempo de baja en el INEM también se puede considerar como DÍA IMPEDITIVO y tener derecho a los 52 €/día.

Recuerda, si has tenido una lesión cervical lo más seguro es que se pueda reclamar. A una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical se tiene derecho aunque seas estudiante, jubilado o estando en el paro.

Otro ejemplo práctico de una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical es el siguiente:

«Pedro G. de 29 años, padeció un esguince cervical cuando tuvo un accidente en la M-30 de Madrid por un autobús que no frenó a tiempo.

Realizó 25 sesiones de rehabilitación en un centro de rehabilitación, en el momento del accidente no estaba trabajando. Se aplicó el Baremo del 2015:

INDEMNIZACION POR DIAS DE CURACIÓN (77 días desde el accidente hasta tener la alta de la rehabilitación).
– 18 DIAS IMPEDITIVOS x 58,41 € ( aunque no tuvo baja laboral por no estar trabajando en el dia del accidente, no pudo desempeñar otras actividades habituales diarias de desarrollo personal que venía haciendo como labores del hogar, carga de pesos diarios y actividades físicas = 1.051,38 €
– 59 DIAS NO IMPEDITIVOS (Hasta que recibe el alta médica tras 25 sesiones de rehabilitación y se estabilizan sus lesiones) = 1.854,37 €
INDEMNIZACION POR SECUELAS:
– 3 puntos por síndrome postraumático cervical (1-8) de carácter moderado ante el cuadro clínico persisten de cervicalgia, cefaleas, contracturas y limitación = 831,85 x 3 puntos = 2.495,55 €
– Factor de Corrección de 10% por perjuicios económicos = 249,55 €
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO LATIGAZO CERVICAL TOTAL = 5.650,85 €.

La indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical durante el 2016 y 2017 (NUEVO BAREMO).

Conoce tus derechos y ejércelos adecuadamente.
Con la aplicación del nuevo Baremo de accidentes de tráfico aplicable para los accidentes causados en el año 2016 y en el 2017, la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical cambia sustancialmente.

Una vez termines la rehabilitación podria ser que el latigazo cervical no se cure del todo, quedando secuelas (es decir, aquella lesión que va a permanecer de por vida por no poder mejorarse, tendrás molestias de vez en cuando o va a tardar meses en curarse del todo). Esto quiere decir que mientras la lesión evoluciona, sea con o sin tratamiento, hablamos de días de curación (ya sea impeditivo o no).Pero además la determinación de la existencia y alcance de las secuelas obligará comparar la situación anatómica, funcional o psíquica del afectado antes de la lesión, con la que obtengamos una vez curado, de tal forma que sea factible saber si los menoscabos que tiene y constituyen secuela son totalmente debidos a la lesión o, por el contrario, son consecuencia total o parcialmente de una enfermedad o lesión anterior.

El importe de la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical por las secuelas resultará del tipo de secuelas reconocida (pueden ser varias), su gravedad o sintomatología y de los puntos reconocidos por cada una de ellas por un médico forense.

El latigazo cervical en cuanto secuela, sólo se debe admitir cuando se dan al menos 2 circunstancias (cefaleás, vértigos, mareos, dolor cervical o cervicalgia)….Esta secuela tiene otorgados para su valoración una puntuación de de 1 a 8 puntos dentro del Sistema de Valoración. Naturalmente, ese margen de puntos es el que posibilita graduar la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical de la secuela en atención a la gravedad de la misma. Por ejemplo, hace pocos días reclamamos una secuela de síndrome postraumático cervical argumentando la pérdida de últimos grados de movilidad cervical, mareos, contractura actual de ambos trapecios y cefaleas.

¿ Busca un abogado especializado en indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical ? Llámanos ahora al 651 63 94 62 SI LO PREFIERES, ACCEDE A NUESTRO FORMULARIO DE CONTACTO.

El baremo actual nos indica que una secuela tiene que ser valorada una única vez, aun cuando su sintomatología se encuentre descrita en varias secuelas (por ejemplo una lumbalgia y una cervicalgia se encuentran definidas dentro de las algias postraumáticas).

Los accidentes a baja intensidad y la posibilidad de tener un latigazo cervical:
Uno de los criterios de causalidad que tiene que verificarse es el de la intensidad, que consiste en la adecuación física entre la lesión padecida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.

Respecto a los accidentes a baja intensidad y la posibilidad de que pueden haber lesiones cervicales como un latigazo cervical, según el “centro de investigación de Zaragoza”, los aspectos básicos y fundamentales, que tienen que tomarse en consideración para determinar la vericidad científica y objetividad, de estudiar la relación de causalidad, no puden ser simples estudios de daños materiales de los coches como habitualmente presentan las compañías aseguradoras en juicios. Tienen que ser informes biomecánicos en los que se han tenido que estudiar unos factores indispensables, y sin la totalidad de los cuales, no se podría estudiar y determinar correctamente la causalidad por intensidad como son:

1. Distancia de la cabeza del reposacabezas.
2. Falta de apercibimiento del accidente de tráfico o factor sorpresa.
3. Masas de los coches afectados.
4. Estructura y carrocería ( más rigidez, mayor transmisión de cargas y lesiones).
5. Existencia de soportes para remolque (bola de remolque), que a su vez proporciona una mayor rigidez a la estructura del coche.
6. Tipo de asientos.
7. Tipos de reposacabezas.
8. Delta V.
9. Dirección del vector del accidente.
10. Factores fisiológicos (edad, sexo, altura, peso): A menor envergadura mayor aceleración del cuerpo.
11. Cansancio del conductor.
12. Factores psicológicos (estado anímico, relajación, tensión…).
13. Posición de la cabeza y cuerpo en el momento del accidente de tráfico.

Factores indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical.

La circunstancia de que el accidente tuviera lugar en un casco urbano y a una velocidad no muy elevada, no es razón para considerar que las lesiones sufridas por el conductor, no traigan causa del mismo, se tiene que tener en cuenta, que son varios los factores que pueden incidir en el resultado final, como por ejemplo la posición en la que este colocado en el momento de la accidente la persona lesionada ya que no responde igual una persona prevenida, que ya está pendiente de afrontar el golpe, que otra desprevenida, y que no es lo mismo ante golpes de la misma intensidad, la respuesta de una persona a otra, por lo que es muy difícil pensar que la baja intensidad de un accidente elimine radicalmente unas lesiones.

Las compañías aseguradoras siempre justifican que no todos los accidentes entre coches tienen que producir obligatoriamente lesiones cervicales en sus pasajeros y que el síndrome postraumático cervical se peculiariza por una dificultad diagnóstica ante la ausencia de objetividad de los datos exploratorios comunes (contractura, limitación de movilidad, puntos gatillo, tono muscular, etc.), todo ello lleva a la conclusión de que el hecho de que conste en el primer informe médico de asistencia la existencia de contracturas, no puede calificarse de prueba objetiva e irrefutable del daño, por lo que el fundamento ordinario del diagnóstico se halla en las manifestaciones del propio accidentado, que no son susceptibles de verificación a través de pruebas médicas complementarias.

Si la aseguradora responsable del accidente de tráfico no quiere pagar una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical alegando un simple informe biomecánico basado solamente en los daños materiales del coche, nuestros abogados saben como impugnar este informe y defender sus derechos ante los tribunales ya que hemos ganado numerosos pronunciamientos judiciales como el suyo y sabemos como afrontarlos.
Las lesiones sufridas por culpa de este accidente no tienen nada que ver con la gravedad de los desperfectos sufridos el coche, sino por la mecánica característica del accidente de tráfico, en el que influyen muchos factores subjetivos como la edad y el sexo, condición y características físicas, situación del cuerpo antes del accidente, es decir, el factor sorpresa o grado de imprevisibilidad del choque.

Indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical baremo 2016.

Con el nuevo Baremo de 2016 aplicable también a este año 2017, la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical ha sufrido cambios sustanciales. Según el Baremo del 2016 y 2017, los traumatismos cervicales menores (como se denomina ahora a un «latigazo cervical») que se diagnostican con base en la manifestación del accidentado sobre la existencia de dolor (mareos, cefaleas, dolor en el cuello…), y que no se pueden apreciar mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales (sólo por días de curación), siempre que se cumplan los criterios o requisitos siguientes (es decir, se exige que se cumplan estos 4 requisitos para que se pueda haber indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical):

a) Exclusión, quiere decir que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.

b) Cronológico, es cuando la sintomatología aparece en tiempo médicamente explicable. En particular, es muy importante que los síntomas se hayan manifestado dentro de las 72 horas posteriores al accidente de tránsito o que el accidentado haya sido objeto de atención médica en este tiempo. Es muy importante acudir a urgencias de rapidamente tras el accidente, y siempre dentro de los 3 días primeros días.
Si se ha acudido al hospital, por ejemplo, dos días después del accidente de tránsito resulta normal en este tipo de lesiones, las lesiones leves cervicales y de columna derivadas de un traumatismo normalmente aparecen dentro de las 72 horas posteriores al accidente de tránsito.

c) Topográfico, en este ocasión tiene que haber una relación entre la zona corporal lesionada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica diga otra cosa. Es decir, que tenga sentido la zona del cuerpo afectada (en este caso el cuello) y el tipo de accidente de tránsito. Por ejemplo, una colisión por alcance, frontal o lateral puede originar perfectamente un latigazo cervical y su posterior indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical.

d) Intensidad, consiste en la adecuación entre la lesión padecida y el mecanismo de su producción, teniendo presente la intensidad del accidente de tránsito y las demás variables. A diferencia de los criterios de exclusión y cronológico, la prueba de los criterios topográfico y de intensidad pueden incluir un dictamen pericial realizado por un experto.

Regulación indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical.

La regulación realizada, y bajo la denominación de indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral, trata de regular la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical, reconduciendo su indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical a una serie de criterios (de exclusión, cronológico, topográfico y de intensidad) que posibilite saber la existencia de la lesión en aquellos casos en los que el diagnóstico se asienta, unicamente, en las manifestación del propio accidentado sin que se pueda confirmar la existencia de la lesión sufrida.

La secuela que provenga de un traumatismo cervical menor tendrá su indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical sólo si un informe médico concluyente afirma su veracidad tras el período de lesión temporal. Un informe concluyente tiene que ser un informe médico-pericial que dictará el estado actual del afectado por accidente de tránsito, la evolución del proceso y las secuelas.

A continuación con un ejemplo práctico verán como se demuestra una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical:

Javier como conductor y Marta de ocupante están parados en un semáforo cuando de forma repentina son arrollados por detrás por otro vehiculo que iba despistado. A razón del fuerte golpe el coche de Javier colisiona levemente con el coche de delante suyo conducido por Manuel. El coche de Manuel no tiene ningún desperfecto, sólo unos pequeños arañazos cuyo coste de reparación no sobrepasan los 120 €. Por su parte, el coche de Javier sufre daños graves que asciende los 1.300 €.
Javier y Marta sufren un latigazo cervical o esguince cervical, fuerón más tarde al hospital para que les atendieran. Por contra, Manuel empezó a tener molestias en el cuello al día siguiente, pensaba que se le pasaría con el tiempo, fué a su centro de salud al quinto día del accidente de tránsito con el mismo diagnóstico de latigazo cervical.
¿Tienen todos derecho a indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical?.

En el caso de Javier y Marta concurren los 4 criterios que antes hemos expuesto y por tanto percibirán efectivamente una indemnización por sus lesiones temporales (días de curación). No obstante, para hacer una reclamación de las secuelas seguramente les hará falta un informe médico pericial ( para ello, nuestro despacho de abogados cuenta con varios peritos médicos a su disposición).

Pero el caso de Manuel es mucho más dudoso y por tanto es factible que seguramente no tenga indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical ni por días de curación, puesto que no concurren ni el criterio cronológico ni de intensidad.

Abogados expertos en indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical.

Si has tenido un accidente como conductor del vehículo (no siendo responsable del accidente) u ocupante o pasajero (en tcualquiera de los casos), tienes que conocer tus derechos y reclamar una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical. El responsable de la indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical será la compañia aseguradora del coche responsable del accidente o en su caso el conductor. Nuestros abogados expertos en accidentes de tráfico le ayudarán a obtener una indemnización por accidente de tráfico latigazo cervical muy superior a la ofrecida por la compañía. Por eso, te recomendamos que consultes con un abogado independiente como nosotros, antes de aceptar la propuesta de la compañía aseguradora, puesto que siempre será inferior a la que te corresponde.